INFORMACIÓN | ÍTEM | EXPLICACIÓN | NORMATIVA | FORMATO | CUMPLIMIENTO | ACCESO A LA INFORMACIÓN |
4.1. Presupuesto general de ingresos, gastos e inversión. | 4.1.1. Publicar el presupuesto general de ingresos, gastos e inversión de cada año fiscal, incluyendo sus modificaciones. | Para el efecto, deberá indicar que la versión del documento ha sido ajustada e indicar la fecha de la actualización. Se deberá incluir un anexo que indique las rentas o ingresos, tasas y frecuencias de cobro en formato abierto para consulta de los interesados. | Art. 9, lit b), Ley 1712 de 2014, Arts.74 y 77 Ley 1474 de 2011. | SI | ![]() |
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4.2. Ejecución presupuestal. | 4.2.1.Publicar la información de la ejecución presupuestal aprobada y ejecutada de ingresos y gastos anuales. |
Publicar la información de la ejecución presupuestal aprobada y ejecutada de ingresos y gastos anuales.
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Art. 9, lit b), Ley 1712 de 2014, Arts.74 y 77 Ley 1474 de 2011. | SI | ![]() |
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4.3. Plan de Acción. | 4.3.1. Objetivos. | Publicar anualmente, antes del 31 de enero de cada año, los planes a que hace referencia el artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 y el Decreto 612 del 2018 de acuerdo con las orientaciones del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). Conforme lo dispone el parágrafo del artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 las “empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión”. Los sujetos deberán, cada tres (3) meses, publicar la información relacionada con la ejecución de metas, objetivos, indicadores de gestión y/o desempeño, de conformidad con sus programas operativos y los demás planes exigidos por la normativa vigente. | Art. 9, lit e), Ley 1712 de 2014 Art. 74, Ley 1474 de 2011 Decreto 612 del 2019 | N/A | ||
4.3.2. Estrategias. | Publicar anualmente, antes del 31 de enero de cada año, los planes a que hace referencia el artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 y el Decreto 612 del 2018 de acuerdo con las orientaciones del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). Conforme lo dispone el parágrafo del artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 las “empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión”. Los sujetos deberán, cada tres (3) meses, publicar la información relacionada con la ejecución de metas, objetivos, indicadores de gestión y/o desempeño, de conformidad con sus programas operativos y los demás planes exigidos por la normativa vigente. | Art. 9, lit e), Ley 1712 de 2014 Art. 74, Ley 1474 de 2011 Decreto 612 del 2020 | N/A | |||
4.3.3. Proyectos. | Publicar anualmente, antes del 31 de enero de cada año, los planes a que hace referencia el artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 y el Decreto 612 del 2018 de acuerdo con las orientaciones del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). Conforme lo dispone el parágrafo del artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 las “empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión”. Los sujetos deberán, cada tres (3) meses, publicar la información relacionada con la ejecución de metas, objetivos, indicadores de gestión y/o desempeño, de conformidad con sus programas operativos y los demás planes exigidos por la normativa vigente. | Art. 9, lit e), Ley 1712 de 2014 Art. 74, Ley 1474 de 2011 Decreto 612 del 2021. | N/A | |||
4.3.4. Metas. | Publicar anualmente, antes del 31 de enero de cada año, los planes a que hace referencia el artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 y el Decreto 612 del 2018 de acuerdo con las orientaciones del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). Conforme lo dispone el parágrafo del artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 las “empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión”. Los sujetos deberán, cada tres (3) meses, publicar la información relacionada con la ejecución de metas, objetivos, indicadores de gestión y/o desempeño, de conformidad con sus programas operativos y los demás planes exigidos por la normativa vigente. | Art. 9, lit e), Ley 1712 de 2014 Art. 74, Ley 1474 de 2011 Decreto 612 del 2022. | N/A | |||
4.3.5. Responsables. | Publicar anualmente, antes del 31 de enero de cada año, los planes a que hace referencia el artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 y el Decreto 612 del 2018 de acuerdo con las orientaciones del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). Conforme lo dispone el parágrafo del artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 las “empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión”. Los sujetos deberán, cada tres (3) meses, publicar la información relacionada con la ejecución de metas, objetivos, indicadores de gestión y/o desempeño, de conformidad con sus programas operativos y los demás planes exigidos por la normativa vigente. | Art. 9, lit e), Ley 1712 de 2014 Art. 74, Ley 1474 de 2011 Decreto 612 del 2023. | N/A | |||
4.3.6. Planes generales de compras. | Publicar anualmente, antes del 31 de enero de cada año, los planes a que hace referencia el artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 y el Decreto 612 del 2018 de acuerdo con las orientaciones del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). Conforme lo dispone el parágrafo del artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 las “empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión”. Los sujetos deberán, cada tres (3) meses, publicar la información relacionada con la ejecución de metas, objetivos, indicadores de gestión y/o desempeño, de conformidad con sus programas operativos y los demás planes exigidos por la normativa vigente. | Art. 9, lit e), Ley 1712 de 2014 Art. 74, Ley 1474 de 2011 Decreto 612 del 2024 | N/A | |||
4.3.7. Distribución presupuestal de proyectos de inversión junto a los indicadores de gestión. | Publicar anualmente, antes del 31 de enero de cada año, los planes a que hace referencia el artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 y el Decreto 612 del 2018 de acuerdo con las orientaciones del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). Conforme lo dispone el parágrafo del artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 las “empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión”. Los sujetos deberán, cada tres (3) meses, publicar la información relacionada con la ejecución de metas, objetivos, indicadores de gestión y/o desempeño, de conformidad con sus programas operativos y los demás planes exigidos por la normativa vigente. | Art. 9, lit e), Ley 1712 de 2014 Art. 74, Ley 1474 de 2011 Decreto 612 del 2025 | N/A | |||
4.3.8. Presupuesto desagregado con modificaciones. | Publicar anualmente, antes del 31 de enero de cada año, los planes a que hace referencia el artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 y el Decreto 612 del 2018 de acuerdo con las orientaciones del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG). Conforme lo dispone el parágrafo del artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 las “empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión”. Los sujetos deberán, cada tres (3) meses, publicar la información relacionada con la ejecución de metas, objetivos, indicadores de gestión y/o desempeño, de conformidad con sus programas operativos y los demás planes exigidos por la normativa vigente. | Art. 9, lit e), Ley 1712 de 2014 Art. 74, Ley 1474 de 2011 Decreto 612 del 2026. | N/A | |||
4.4. Proyectos de Inversión. | 4.4.1. Publicar cada proyecto de inversión, según la fecha de inscripción en el respectivo Banco de Programas y Proyectos de Inversión. | Publicar cada proyecto de inversión, según la fecha de inscripción en el respectivo Banco de Programas y Proyectos de Inversión, conforme lo dispone el artículo 77 de la Ley 1474 del 2011, así como cada tres (3) meses el avance de ejecución de dichos proyectos. Para el caso de las “empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión”. | Articulo 77 y parágrafo de La ley 1474 de 2011 | N/A | ||
4.5. Informes de empalme. | 4.5.1. Informe de empalme del representante legal y los ordenadores del gasto, cuando haya un cambio del o de los mismos. | Publicar el informe de empalme del representante legal, y los ordenadores del gasto, cuando se den cambios de los mismos. | Ley 951 de 2005, Res. 5674 de 2005 y Circular 11 de 2006 de la Contraloría General de la República | Durante el año de 2022 no se presentaron cambios en la representación legal ni en los ordenadores del gasto.
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4.6. Información pública y/o relevante. | 4.6.1. Divulgar los informes o comunicados de información relevante. | Divulgar los informes o comunicados de información relevante que publiquen ante la Superintendencia Financiera, y/o la Superintendencia de Sociedades, cuando sea obligación de las empresas industriales y comerciales del Estado, o Sociedad de Economía Mixta. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2, pág. 19. | SI | ![]() |
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4.7 Informes de gestión, evaluación y auditoría. | 4.7.1. Informe de Gestión. | Publicar anualmente, antes del 31 de enero de cada año, el informe de gestión a que hace referencia el artículo 74 de la Ley 1474 del 2011. Conforme lo dispone el parágrafo del artículo 74 de la Ley 1474 del 2011 las “empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión”. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2, pág. 20. | SI | ||
4.7.2. Informe de rendición de cuentas ante la Contraloría General de la República, o a los organismos de Contraloría o Control territoriales. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2, | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2, pág. 20. | SI |
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4.7.3. Informe de rendición de cuentas a la ciudadanía. | Publicar los informes de rendición de cuenta sobre resultados, avances de la gestión y garantía de derecho de rendición de cuentas, incluyendo un informe de respuesta a las solicitudes o inquietudes presentadas por los interesados (antes, durante y después del ejercicio de la rendición). En esta sección se debe incluir los informes de rendición de cuentas relacionados con la implementación del proceso de paz, y los demás que apliquen conforme con la normativa vigente, directrices presidenciales o conforme con los lineamientos de la Política de Gobierno Digital. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2, pág. 20. | SI | |||
4.7.4. Informes a organismos de inspección, vigilancia y control (si le aplica). | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2, pág. 20 | SI | ![]() |
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4.7.5.a. Publicar los Planes de Mejoramiento vigentes exigidos por los entes de control o auditoría externos o internos. | De acuerdo con los hallazgos realizados por el respectivo organismo de control, los planes de mejoramiento se deben publicar de acuerdo con la periodicidad establecida por éste. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2, pág. 21. | SI | ![]() |
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4.7.5.b. Enlace al organismo de control donde se encuentren los informes que éste ha elaborado en relación con el sujeto obligado. | Enlace al organismo de control donde se encuentren los informes que éste ha elaborado en relación con el sujeto obligado. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2, pág. 21. | SI | ![]() |
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4.7.5.c. Planes de mejoramiento derivados de los ejercicios de rendición de cuentas ante la ciudadanía y grupos de valor. | Planes de mejoramiento derivados de los ejercicios de rendición de cuentas ante la ciudadanía y grupos de valor. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2, pág. 21. | SI | ![]() |
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4.8 Informes de la Oficina de Control Interno. | 4.8.1. Informe pormenorizado. | Publicar el informe relacionado con el mecanismo de seguimiento al cumplimiento de las orientaciones y obligaciones contenidas en el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, según los lineamientos del Departamento Administrativo de la Función Pública y demás autoridades competentes, al que hace referencia el artículo 9 de la Ley 1474 del 2011, y el artículo 5 del decreto reglamentario 2641 del 2012. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | SI | ![]() |
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4.8.2. Otros informes y/o consultas a bases de datos o sistemas de información, conforme le aplique. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2 | N/A | |||
4.9 Informe sobre Defensa Pública y Prevención del Daño Antijurídico. | 4.9.1. Informe sobre Defensa Pública y Prevención del Daño Antijurídico. | El requisito se entenderá como cumplido con el redireccionamiento al sistema eKOGUI de la Agencia de Defensa Jurídica de la Nación, y sólo será de obligatorio cumplimiento para las entidades de naturaleza pública | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | SI | ![]() |
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4.10 - Informes trimestrales sobre acceso a información, quejas y reclamos. | 4.10.1. Informe, en materia de seguimiento sobre las quejas y reclamos. | Conforme con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 190 de 1995 y el decreto reglamentario 2641 del 2012. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | SI |
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4.10.2.a. número de solicitudes recibidas. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | SI | |||
4.10.2.b. Número de solicitudes que fueron trasladadas a otra entidad. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | SI | ![]() |
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4.10.2.c. Tiempo de respuesta a cada solicitud. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | SI | ![]() |
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4.10.2.d. número de solicitudes en las que se negó el acceso a la información. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | Resolución 1519 de 2020,Anexo técnico 2. | SI | ![]() |
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